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Monopolio

Se entiende como el aprovechamiento exclusivo de alguna industria o comercio, bien provenga de algún privilegio, bien de otra causa cualquiera; y el artículo 28 constitucional equipara el monopolio a todo acto que evite o tienda a evitar la libre concurrencia en la producción industrial o comercial y, en general, todo lo que constituye una ventaja exclusiva e indebida en favor de una o varias personas, con perjuicio del pueblo en general o de una clase social.

390999. 109. Segunda Sala. Quinta Época. Apéndice de 1995. Tomo III, Parte SCJN, Pág. 75.


Monopsonio

Un mercado en el que hay un solo comprador.

Parkin, M. (2009). Economía. 8va ed. México: Pearson/Addison Wesley. Pág. 397


Multiprogramación

Distribución de más de un canal de programación en el mismo canal de transmisión.

Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Artículo 3, fracción XXXVII.

Notas Recientes

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